Cerrar

             | 
Acceso socios

OBJETO DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE CITOLOGÍA

 
Artículo 12.-  FINES DE LA SEC

La existencia de esta  Sociedad tiene como fines los siguientes:
1)  Estimular el progreso científico de la Citología.
2)  Facilitar la enseñanza de la Citología a todos los niveles.
3)  Desarrollar la formación continuada, docencia e investigación de todos los asuntos concernientes a la Subespecialidad, tendentes a garantizar la excelencia profesional.
4)  Desarrollar trabajos, estudios y proyectos de investigación en Citología, bien por sus propios medios o en colaboración con otras entidades, o bien estimulando las actividades científicas de las instituciones asistenciales, unidades de Citología y centros de investigación, tanto en el ámbito público, como privado de la sanidad.
5)  Impulsar el desarrollo de la Citología mediante todas aquellas acciones que en lo sucesivo se crean oportunas.
6)  Convocar y auspiciar congresos, cursos y todo tipo de actos científicos o reuniones administrativas, de acuerdo con la normativa que se especifica en el Título VI de los presentes Estatutos.
7)  Difundir entre los socios las informaciones pertinentes (sobre congresos, reuniones, cursos o convocatorias de becas o premios) que puedan contribuir a elevar el nivel científico y asistencial.
8)  Mantener vinculación con sociedades similares o afines, nacionales o extranjeras y con organismos internacionales que agrupen a Citopatólogos y, muy especialmente, con la SEAP.
9)  Fomentar la labor investigadora entre sus miembros mediante todas las medidas al alcance de la Sociedad.
10)  Potenciar y dignificar la Citología, velando por la profesionalidad ética y formación científica de sus socios.
11)  Fomentar y proporcionar sistemas de control de calidad de las actividades propias de la Subespecialidad a todos sus socios.
12)  Representar ante el Estado, corporaciones públicas o cualquier entidad, el interés científico y asistencial de la Subespecialidad o de sus socios.
13)  Divulgar entre la clase médica los conocimientos sobre las posibilidades diagnosticas de la Citología.
14)  Aglutinar a los profesionales que sean médicos Citopatólogos y a aquéllos que, sin serlo, dediquen a la Citología una atención especial.
15)  Editar revistas y publicaciones científicas e informativas sobre Citología.
16)  Representar a nuestra Sociedad ante las Sociedades y Foros Nacionales e Internacionales de Citología.
17)  Colaborar con otras asociaciones científico-médicas, autonómicas, nacionales y extranjeras, para lograr una mayor difusión de la Citología.
18)  Difundir la Subespecialidad y la labor de los Citopatólogos ante la sociedad civil, las autoridades sanitarias y en todos aquellos ámbitos en que resulte oportuno.
19)  Defender los intereses generales de los socios, bien por iniciativa de la Junta Directiva o a requerimiento de las Entidades Autonómicas o de los Comités de la Sociedad, o a petición de algún socio cuando el motivo que se exponga no sea del ámbito exclusivo de una entidad autónoma y siempre a juicio de la Junta Directiva.
20)  Establecer acreditaciones en aspectos concretos de la Subespecialidad para aquellos socios que reúnan ciertos requisitos y demuestren conocimientos específicos. Dichas acreditaciones se atendrán a la normativa que se establezca en cada momento, y acorde a ella podrá la Sociedad rectificar en la continuidad de la habilitación.
21)  Emitir opinión o dictamen sobre aspectos tendentes a garantizar la excelencia profesional: deontológicos, científicos, profesionales y/o legales que afecten a la Subespecialidad o a los especialistas.
22)  Promover y fomentar las relaciones con otras Subespecialidades, y organizaciones nacionales o internacionales vinculadas al área de Citología.
23)  Fomentar la creación de servicios, secciones y unidades de Citología, en los ámbitos hospitalario y extra-hospitalario y tanto en la sanidad pública como en la privada.
24)  Gestionar, respaldar y potenciar las medidas más convenientes para el desarrollo de la Citología en aquellas instituciones que puedan tener o tengan alguna relación con la misma.
25)  Obtener los recursos necesarios para lograr sus fines y realizar sus actividades.
26)  La Sociedad se reserva el derecho de combatir, dentro de la legalidad vigente, cualesquiera actividades o manifestaciones que vayan en contra del buen nombre de la Subespecialidad o sus profesionales, dedicando especial atención a evitar el intrusismo profesional.
27)  Cualquier otro fin científico relacionado con la Subespecialidad de Citología.

 

Patrocinadores